MUNICIPALIDAD DE TABOSSI / ENTRE RIOS / REP.ARGENTINA

ORDENANZA Nº285     

Villa  Tabossi, 15 de Agosto de 2.007.

VISTO:
          
 La solicitud presentada por  el Centro de Jubilados y Pensionados  Nacionales y Provinciales  de TABOSSI, y;

CONSIDERANDO:
                       
                               Que dicha Entidad, solicita la donación de  un terreno Municipal, a los fines de construir su sede.-
                                
                             Que este Centro viene ofreciendo un sinnúmero de servicios favorables a sus afiliados domiciliados en nuestra localidad, para lo cual necesita de un espacio físico donde construir un edificio, y no cuenta con los recursos económicos para realizar la compra de un inmueble.-
                             Que esta JUNTA  cree conveniente acceder a este pedido ya que posee lotes adecuados para tal fin, los cuales fueron obtenidos mediante procedimiento judicial que prescribe la Ley Provincial Nº7017 y sus modificatorias.-

POR ELLO:


                     LA JUNTA DE FOMENTO DE VILLA TABOSSI SANCIONA CON        
                                       FUERZA DE  ORDENANZA:

ART. 1º.- Autorizase al Presidente Municipal Don Néstor Daniel Landra, M.I. Nº 20.789.060, a dar en Donación  al  CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES Y PROVINCIALES DE TABOSSI,  un terreno ubicado en la localidad de Villa TABOSSI, manzana Nº37, sobre calle 20 de Junio, Plano Nº164.122, Partida Nº252.147, que consta con una superficie de 689,27 m2.

ART.2º.- Autorizase al Sr. Presidente Municipal y Secretario suscribir las escrituras correspondientes a los fines de perfeccionar el acto supra mencionado.-

ART. 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

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