MUNICIPALIDAD DE TABOSSI / ENTRE RIOS / REP.ARGENTINA


DECRETO  Nº13/10

Villa Tabossi, 01 de noviembre 2010.


VISTO:   

            La necesidad de continuar implementando medidas a los fines de aumentar la recaudación de la Tasas General Inmobiliaria Municipal, como en la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, y;

CONSIDERANDO:

Que, es objetivo primordial de esta administración atacar la morosidad que existe en el pago de las diversas tasas, por ello es importante poner en funcionamiento medidas prácticas que hagan posible lograr una mayor recaudación; Que, en la actualidad la morosidad de la Tasa General Inmobiliaria Municipal promedia el 62 % anual y el de Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad es del 35 %;

Que, se han y siguen realizando distintas medidas tendientes a evitar la evasión y tender hacia una mayor recaudación;

Que esas medidas han sido llevadas con diferentes estrategias, ya sea mediante intimaciones al pago; Juicios de Apremio que llegaron a subastas; y también la quita de numerosos lotes a los poseedores, los cuales fueron pasados a dominio municipal;

Que, ha pesar de lo agresivo de las acciones encaradas por esta administración es necesario establecer otras medidas de carácter práctico que ayuden a la administración a lograr una mayor eficiencia en la recaudación de la T.G.I. y T.I.S.H.P.S.;

Que, se debe entender que con la TGI se abonan diferentes servicios que presta el estado como ser, barrido y limpieza; recolección de residuos domiciliarios; cortes de pasto en los espacios públicos y frentes; y ahora el servicio de cloacas; y con la T.I.S.H.P.S. se presta el servicio de bromatología; playa de estacionamiento municipal; de seguridad pagando adicionales a la Policía en el Banco y Cajero Automático, otorgando asimismo 150 litros de combustible por mes a la Policía para hacer patrullas de seguridad tanto en área urbana como ejido municipal; a todo ello se le debe sumar el servicio de ambulancia con chofer a cargo de la municipalidad; lo mismo ocurre con DGR, y el IOSPER ya que este municipio da espacios en su edificio y además ocupa personal para ello;

Que, se debe tener en cuenta que lo que se abona por TGI promedia los diez pesos bimestrales, y que en comparación con otras localidades vecinas el monto menor;

Que, por lo expuesto y para tal fin se estima necesario dictar una normativa que disponga no otorgar, ni visar el Registro de Conducir; como la visación de Planos de Mensura y por conexión domiciliaria de Electricidad (por todo escrito que no este grabado con sellados especiales); e Inscripción de Industria o Comercio en la T.I.S.H.P.S., a todo aquel contribuyente municipal que deba la Tasas General Inmobiliaria Municipal, como en la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad;

POR ELLO EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE FOMENTO DE VILLA TABOSSI SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO

Art 1º.- Establézcase no otorgar, ni visar el Carnet o Registro de Conducir; como la visación de Planos de Mensura y por conexión domiciliaria de Electricidad (por todo escrito que no este grabado con sellados especiales); y Inscripción de Industria o Comercio en la T.I.S.H.P.S, a todo aquel contribuyente municipal que deba la Tasas General Inmobiliaria Municipal, como en la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.-

Art. 2º.- Comuníquese a las aéreas municipales correspondientes.-

Art 3º.- Regístrese, publíquese, y oportunamente archívese.-

cerrar